Artículo 34. Expropiación por incumplimiento de deberes.
Artículo 34 de la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Museos de las Illes Balears. · BOE-A-2003-8439
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-04.
Texto consolidado
El incumplimiento por parte de los titulares de los museos de los deberes establecidos sobre conservación, mantenimiento y custodia, así como el cambio del uso sin autorización de la administración competente, cuando ponga en peligro de deterioro, pérdida o destrucción los fondos que contienen, será causa de interés social para la expropiación forzosa de los bienes de interés cultural y de los bienes catalogados.