Artículo 34. Garantía de servicio público.
Artículo 34 de la Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2019-6772
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-01.
Texto consolidado
Las administraciones públicas tienen la obligación de garantizar, de forma directa o subsidiaria, la puesta a disposición de las personas consumidoras de cuantos recursos físicos o electrónicos sean precisos para la protección de los derechos previstos en esta ley y en la normativa correspondiente.