Artículo 34. Asistencia en el ámbito de la formación.
Artículo 34 de la Ley 2/2020, de 4 de marzo, de apoyo, asistencia y reconocimiento a las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2020-5710
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-10.
Texto consolidado
El Servicio Extremeño Público de Empleo promoverá la realización de cursos específicos dirigidos a todas aquellas personas que realicen funciones en las materias que abarca la actuación asistencial prevista en la presente ley.