Artículo 33. Centros residenciales de personas mayores.
Artículo 33 de la Ley 2/2020, de 4 de marzo, de apoyo, asistencia y reconocimiento a las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2020-5710
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-10.
Texto consolidado
Las víctimas de actos terroristas gozarán de preferencia para su ingreso en los centros residenciales de personas mayores dependientes del sistema público y concertado cuando así lo demanden, máxime cuando se les haya reconocido la situación de dependencia.