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Ley Vigente

Artículo 34. Acontecimientos con relevancia turística.

Artículo 34 de la Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura. · BOE-A-2011-3179

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-02.

Texto consolidado

La Administración Turística podrá otorgar un distintivo de calidad a aquellos acontecimientos y manifestaciones con especial relevancia turística que, suponiendo una valorización de la cultura y de las tradiciones, y por la peculiaridad o singularidad del acontecimiento en el conjunto de fiestas de la región, tengan un atractivo turístico especial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-08-02.

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