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Ley Derogada

Artículo 34. Control financiero.

Artículo 34 de la Ley 11/1997, de 16 de diciembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1998-1184

Atención: Ley 11/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Conselleria de Empleo, Industria y Comercio podrá someter a control financiero la gestión económica de las Cámaras, directamente o a través de auditoría de cuentas, cuando supuestos o circunstancias excepcionales así lo aconsejen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-12-18.

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