Artículo 34.
Artículo 34 de la Ley 1/1999, de 29 de enero, de residuos de Canarias. · BOE-A-1999-4414
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-05-05.
Texto consolidado
La utilización de envases y embalajes en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias se adecuará al principio de máxima implantación de elementos susceptibles de reutilización o que causen el menor impacto medioambiental.