Artículo 34. Financiación de las ayudas.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-16.
Texto consolidado
1. Las ayudas objeto de estas bases reguladoras se financiarán con cargo a los créditos correspondientes que se fijen en las convocatorias que se efectúen con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Asimismo, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes, se procederá a declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria correspondiente mediante anuncio del titular de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de Igualdad, el cual será objeto de publicación en el «Diario Oficial de Extremadura» y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
3. El programa de Ayudas urgentes destinadas a la realización de actividades de ocio y tiempo libre y educación no formal dirigida a niñas y niños de 2 a 5 años, por parte de los Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral en el mundo rural, para responder al impacto del COVID-19, en el marco del desarrollo del Plan Corresponsables: Proyecto de Ludotecas Rurales de Extremadura se financiará con imputación a la anualidad 2021, enmarcado en el Programa 253 A,» Igualdad de Género y Estrategia contra la violencia hacia las mujeres «Fondo de financiación TE25011001 «Resolución de 28/04/2021 de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género por la que se conceden ayudas a la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan Corresponsables» y proyecto de gasto 20210298 «Desarrollo Plan Corresponsables».
Más artículos de Decreto-ley 5/2021
- ← Artículo 33. Cuantía de las ayudas y pago de las ayudas.
- → Artículo 35. Régimen de compatibilidad.
- Ver la norma completa: Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas, financiadas por el Gobierno de España; se establecen las bases reguladoras de ayudas urgentes en el marco del desarrollo del plan corresponsables; se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del COVID-19 y se modifica la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura.