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Decreto-ley Vigente

Artículo 34. Cuantía de la ayuda.

Artículo 34 del Decreto-ley 14/2020, de 22 de julio, de medidas para la activación de la demanda en la Comunidad Autónoma de Extremadura tras la crisis sanitaria. · BOE-A-2020-9744

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-28.

Texto consolidado

El importe de la ayuda será por una cuantía fija de 6.000 euros por cada persona beneficiaria y establecimiento de venta. De tal forma que en el supuesto de que una misma beneficiaria hubiera hecho constar en la solicitud que dispone de más de un establecimiento de venta, le corresponderá dicho importe por cada uno de los establecimientos incluidos en la solicitud.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-07-28.

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