Artículo 34. Totalización de períodos de seguro para la admisión al seguro voluntario.
Artículo 34 del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Túnez, hecho en Túnez el 26 de febrero de 2001. · BOE-A-2001-24561
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-01.
Texto consolidado
Para la admisión al seguro voluntario o continuación facultativa del seguro, los períodos de seguro cumplidos por el trabajador en virtud de la legislación de una Parte, se totalizarán, si fuera necesario, con los períodos de seguro cumplidos en virtud de la legislación de la otra Parte, cuando no se superpongan.