Artículo 33 septies. Formalización de los conciertos sociales.
Artículo 33 septies de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia. · BOE-A-2009-807
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-08-01.
Texto consolidado
1. La formalización de los conciertos se efectuará mediante un documento administrativo con la forma y contenido que se determine reglamentariamente.
2. Podrá suscribirse un único concierto para la reserva y ocupación de plazas en varios centros o para la gestión integral de una pluralidad de prestaciones o servicios cuando todos ellos dependan de una misma entidad titular. Esta suscripción se efectuará en las condiciones que se determinen reglamentariamente.