Artículo 33. Comisiones.
Artículo 33 del Real Decreto 264/2026, de 1 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina de España. · BOE-A-2026-7442
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-03.
Texto consolidado
Las Comisiones se establecerán para desarrollar cometidos específicos conforme a lo regulado en el reglamento.