Artículo 33. Formación.
Artículo 33 del Real Decreto 147/2022, de 22 de febrero, por el que se regula el régimen de sustituciones y de medidas de apoyo o refuerzo en el Ministerio Fiscal. · BOE-A-2022-2850
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-24.
Texto consolidado
Además de la formación inicial a la que se refiere el artículo 25.3, los abogados o abogadas fiscales sustitutos podrán participar en cursos o programas formativos relacionados con sus funciones, impartidos por el Centro de Estudios Jurídicos, en su modalidad a distancia u online.