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Real Decreto Vigente

Artículo 33. Resoluciones del Comité de Deontología y de la Comisión de Admisión.

Artículo 33 del Real Decreto 1271/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. · BOE-A-2003-19457

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-23.

Texto consolidado

1. Las resoluciones del Comité de Deontología y las de la Comisión de Admisión que pongan fin a la vía corporativa serán asumidas y ejecutadas por la Junta de Gobierno y podrán ser recurridas en los términos establecidos en el artículo 59.1, quedando mientras tanto en suspenso su ejecución.

2. El régimen y funcionamiento de los órganos encargados de la acción disciplinaria en la vía corporativa será regulado a través de los reglamentos colegiales.

3. En ningún caso la normativa deontológica podrá ir en contra de lo establecido en estos estatutos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-10-23.

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