Artículo 33. Planificación estratégica.
Artículo 33 del Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo». · BOE-A-2024-25789
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-12.
Texto consolidado
La actuación de la AECID estará basada en la planificación, gestión por objetivos y resultados y evaluación de estos. Para ello, la AECID trabajará a partir de los siguientes documentos de planificación por objetivos y resultados: el contrato de gestión y los Planes de Acción Anuales.