El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 33. Infracciones muy graves.

Artículo 33 de la Ley 9/2007, de 30 de julio, del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña. · BOE-A-2007-15545

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-08-23.

Texto consolidado

Son infracciones muy graves en materia de atención y gestión de las llamadas de urgencia las siguientes conductas:

a) Realizar llamadas al teléfono de atención y gestión de llamadas de urgencia 112 para comunicar avisos falsos de urgencias o emergencias que den lugar a la movilización de recursos.

b) Realizar infracciones graves que pongan en peligro la vida o la integridad física de las personas o aumenten la situación de riesgo colectivo grave o las consecuencias de una catástrofe o calamidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-08-23.

Más artículos de Ley 9/2007

En El Vínculo puedes leer Ley 9/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.