Artículo 33. Medidas de impulso relacionadas con la capacitación profesional.
Artículo 33 de la Ley 7/2023, de 23 de febrero, de medidas para la implantación y desarrollo en Aragón de tecnologías en la nube (tecnologías cloud). · BOE-A-2023-7736
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-14.
Texto consolidado
1. Se desarrollarán líneas de capacitación profesional en tecnologías cloud dirigidas a diversos niveles profesionales, dentro de los programas anuales de formación ofrecidos por el Instituto Tecnológico de Aragón, por el Instituto Aragonés de Empleo y por otras entidades del Gobierno de Aragón destinadas al fomento empresarial y a la innovación tecnológica.
2. Los colegios profesionales, asociaciones, clústeres y empresas del sector de las tecnologías de la información y la comunicación podrán colaborar con las Administraciones públicas en la formación en tecnologías cloud tanto del personal del sector público como del privado. A tal efecto, se desarrollarán líneas de capacitación profesional en tecnologías cloud dirigidas a profesionales que deban utilizarlas en su respectivo campo con el fin de fomentar su uso, mejorar su aplicación y posibilitar la innovación en los diferentes ámbitos de la vida.
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