Artículo 33.
Artículo 33 de la Ley 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región de Murcia. · BOE-A-1999-4975
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-16.
Texto consolidado
Las Administraciones públicas, en todos sus niveles, prestarán a los Consejos Escolares la ayuda precisa, fundamentalmente en materia de instalaciones, medios personales y materiales necesarios para el desarrollo de sus funciones, en los términos previstos en la presente Ley.