Artículo 33. Cuerpos especiales.
Artículo 33 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears. · BOE-A-2004-8189
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-04-11.
Texto consolidado
Los funcionarios de los cuerpos especiales se subdividen en:
Auditores: grupo A.
Ayudantes de auditoría: grupo B.