Artículo 33. El Sistema de Información Geográfico Forestal de Andalucía.
Artículo 33 de la Ley 3/2026, de 13 de marzo, de Montes de Andalucía. · BOE-A-2026-7559
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-09.
Texto consolidado
1. Como instrumento de apoyo para la definición y la gestión de los montes de Andalucía, se crea el Sistema de Información Geográfico Forestal (en adelante, SIG-Forestal) con base geográfica coordinada con el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) y el Catastro, e integrado en la Rediam.
2. Reglamentariamente se establecerá el procedimiento para el mantenimiento y actualización del SIG-Forestal por parte de la Consejería competente en materia forestal.
3. En caso de contradicción entre el SIGPAC y el SIG-Forestal, prevalecerá este último.