Artículo 33. Concepto.
Artículo 33 de la Ley 2/1993, de 29 de octubre, de pesca marítima en aguas interiores y aprovechamiento de recursos marinos. · BOE-A-1993-30268
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-12-05.
Texto consolidado
A los efectos de esta Ley, se entiende por recogida y extracción de algas de explotación racional y el aprovechamiento de las existencias en las costas y aguas de competencia del Principado de Asturias.