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Ley Vigente

Artículo 33. Priorización de pago de obligaciones.

Artículo 33 de la Ley 15/2011, de 15 de diciembre, de Emprendedores, Autónomos y Pymes. · BOE-A-2012-4187

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-15.

Texto consolidado

La Administración Regional tendrá la obligación de abonar a las empresas constituidas por emprendedores, el precio de las obligaciones contraídas a las que se refiere el apartado 4 del artículo 200 de la Ley de Contratos del Sector Público, dentro de los 30 días siguientes a la expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-01-15.

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