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Ley Vigente

Artículo 33. Alcance subjetivo.

Artículo 33 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja. · BOE-A-2013-11692

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

Texto consolidado

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja estarán integrados por:

a) Los presupuestos de los órganos estatutarios.

b) Los presupuestos de la Administración General de la Comunidad Autónoma.

c) Los presupuestos de los organismos autónomos.

d) Los presupuestos de los restantes entes que integran el sector público administrativo.

e) Los presupuestos de operaciones corrientes, los de operaciones de capital, y las operaciones financieras de las entidades del sector público empresarial y del sector público fundacional.

f) Los presupuestos que integran los fondos carentes de personalidad jurídica cuya dotación se efectúe mayoritariamente desde los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

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