Artículo 33. Tipos de gravamen.
Artículo 33 del Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado. · BOE-A-2015-945
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-30.
Texto consolidado
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 31 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, la cuota tributaria en la modalidad de «actos jurídicos documentados» se obtendrá aplicando sobre la base liquidable los tipos de gravamen establecidos en los artículos siguientes.
Más artículos de Decreto Legislativo 2/2014
- ← Artículo 32 septies. Deducción aplicable a las transmisiones patrimoniales onerosas en el desarrollo de políticas púb…
- → Artículo 34. Tipo de gravamen general aplicable a los documentos notariales.
- Ver la norma completa: Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado.