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Real Decreto Vigente

Artículo 325. Gestión económico-administrativa del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.

Artículo 325 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario. · BOE-A-1996-3307

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-05-25.

Texto consolidado

1. La gestión económica, administrativa y patrimonial desarrollada en los centros penitenciarios relativa al Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias se regirá por su normativa propia y, en su defecto, por las disposiciones de este Reglamento y de sus normas de desarrollo que resulten directamente aplicables.

2. Los gastos y pagos derivados de obligaciones del organismo autónomo que deban realizarse en los centros penitenciarios serán efectuados por quienes tengan reconocida en cada centro la competencia para realizarlos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-05-25.

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