Artículo 32.
Artículo 32 de la Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Pesca y Casting. · BOE-A-2024-10215
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-21.
Texto consolidado
1. Son funciones propias de la Comisión Delegada las siguientes:
a) La elaboración de un informe previo a la aprobación de los presupuestos.
b) El seguimiento de la gestión deportiva y económica de la Federación, mediante la elaboración de un informe anual a la Asamblea General, sobre la memoria de actividades y la liquidación del presupuesto.
c) La modificación del calendario deportivo.
d) La aprobación y modificación de los Reglamentos.
e) La modificación del presupuesto.
Las modificaciones no podrán exceder de los límites y criterios que la propia Asamblea general establezca.
2. La propuesta sobre los temas de los apartados c), d) y e) corresponde exclusivamente a la Presidencia de la Federación o a dos tercios de los miembros de la Comisión Delegada.