Artículo 31.
Artículo 31 de la Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Pesca y Casting. · BOE-A-2024-10215
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-21.
Texto consolidado
1. La Comisión Delegada se reunirá, como mínimo, una vez cada cuatro meses, mediante convocatoria de la Presidencia, y su mandato coincidirá con el de la Asamblea General.
2. Podrán ser convocadas otras reuniones a iniciativa de la Presidencia o a solicitud de, al menos, la mitad de sus miembros.
3. Las convocatorias se efectuarán, al menos, con siete días naturales de antelación, salvo casos urgentes, en los que bastará con cuarenta y ocho horas.
4. A la Comisión Delegada le será de aplicación lo dispuesto en estos Estatutos respecto del plenario de la Asamblea General en cuanto a quorums para dar validez a las reuniones.