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Real Decreto Derogada

Artículo 32. Autoridades competentes.

Artículo 32 del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. · BOE-A-2016-439

Atención: Real Decreto 1/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La actual composición del Comité de Autoridades Competentes se detalla en el Capítulo 15 de la Memoria del Plan Hidrológico. La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir mantendrá actualizada y pondrá a disposición del público, a través de su página web (www.chguadalquivir.es) la composición del Comité de Autoridades Competentes de la Demarcación Hidrográfica de Melilla, a medida que, conforme a lo indicado en el Real Decreto 126/2007, de 2 de febrero, se pudieran ir produciendo cambios en la composición o designación de los miembros del citado Comité.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-20.

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