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Ley Vigente

Artículo 32. Horario general y apertura de establecimientos.

Artículo 32 de la Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2011-7840

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-20.

Texto consolidado

El horario general de los espectáculos y actividades recreativas, así como el de los establecimientos públicos a que se refiere la presente Ley, se determinará por orden de la consejería competente en materia de espectáculos públicos, sin perjuicio de las limitaciones impuestas por las disposiciones legales existentes en materia de contaminación ambiental y acústica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-04-20.

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