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Ley Vigente

Artículo 32. Abandono de funciones.

Artículo 32 de la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2005-14494

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-08-01.

Texto consolidado

Se produce abandono de funciones por la ausencia injustificada del titular, regente, sustituto o adjunto de la oficina de farmacia donde ejerce.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-08-01.

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