Artículo 32. Toma de posesión y elecciones de segundo grado.
Artículo 32 de la Ley 4/2009, de 15 de octubre, de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2010-16090
Atención: Ley 4/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los miembros electos del pleno tomarán posesión de sus cargos en la sede de la cámara, dentro del mes siguiente al de su elección, de la que se dará cuenta inmediata al órgano tutelar. Las personas físicas lo harán personalmente, mientras que las jurídicas, por medio de un representante designado a tal efecto con poder suficiente.
Antes de la constitución del pleno, sus futuros miembros elegirán a los vocales previstos en el artículo 11.1.b), de conformidad con lo que reglamentariamente se establezca.
2. Constituido el pleno, procederá a elegir a la persona titular de la presidencia y los miembros del comité ejecutivo, por votación nominal y secreta, de acuerdo con las normas de la presente Ley, sus disposiciones de desarrollo y el correspondiente reglamento de régimen interior.