Artículo 32. Tipificación de las infracciones.
Artículo 32 de la Ley 21/2014, de 29 de diciembre, del protectorado de las fundaciones y de verificación de la actividad de las asociaciones declaradas de utilidad pública. · BOE-A-2015-472
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
1. Son infracciones las acciones y omisiones tipificadas como tales por la presente ley.
2. Las infracciones se clasifican en muy graves, graves y leves.