El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 32. Faltas leves.

Artículo 32 de la Ley 17/2003, de 4 de julio, del Cuerpo de Agentes Rurales. · BOE-A-2003-15895

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-16.

Texto consolidado

Son faltas leves, además de las tipificadas por la legislación general de Cataluña en materia de función pública, las siguientes:

a) Mostrar descuido en la presentación personal.

b) No presentarse con el uniforme reglamentario, sin causa justificada, en el puesto de trabajo.

c) Prescindir del conducto reglamentario al formular cualquier solicitud o reclamación, excepto en el caso de urgencia o de imposibilidad física de hacerlo.

d) Incumplir cualquiera de las funciones asignadas, en caso de que dicho incumplimiento no esté tipificado como falta grave o muy grave.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-10-16.

Más artículos de Ley 17/2003

En El Vínculo puedes leer Ley 17/2003 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.