Artículo 32. Órganos competentes.
Artículo 32 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2019-10102
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-01.
Texto consolidado
La competencia para la resolución de las solicitudes de acceso a la información pública corresponderá:
a) En el ámbito de la Administración pública y demás organismos o entidades incluidos en el artículo 2 será competente para resolver el titular del órgano o de la entidad que posea la información solicitada.
b) En el caso de que se solicite información de las personas físicas o jurídicas que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas, así como de los sujetos comprendidos en los apartados 1 y 2 del artículo 3, será competente para resolver el órgano que tenga atribuidas las competencias del servicio o en la materia.