El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 33. Derechos y obligaciones.

Artículo 33 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2019-10102

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-01.

Texto consolidado

1. En el ámbito de acceso a la información pública, las personas tienen los siguientes derechos:

a) Acceder a la información pública de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

b) Ser informadas de si los documentos que contienen la información solicitada o de los que puede derivar dicha información obran o no en poder del órgano o entidad.

c) Ser asistidas en su búsqueda de información.

d) Recibir el asesoramiento adecuado y en términos comprensibles para el ejercicio del derecho de acceso.

e) Recibir la información solicitada dentro de los plazos y en la forma o formato elegido de acuerdo con lo establecido en esta Ley.

f) Conocer las razones en que se fundamenta la denegación del acceso a la información solicitada y, en su caso, el otorgamiento del acceso en una modalidad o formato distinto al elegido.

g) Obtener la información solicitada de forma gratuita, sin perjuicio del abono, en su caso, de las tasas que correspondan por la expedición de copias y la transposición a formatos diferentes del original.

h) Usar, reutilizar y compartir la información obtenida sin necesidad de autorización previa y sin más limitaciones que las impuestas por la legislación vigente.

2. Las personas que accedan a la información pública de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley están sujetas a las siguientes obligaciones:

a) Realizar el acceso a la información concretando lo más precisamente posible la petición.

b) Ejercer el derecho de acceso conforme a los principios de buena fe e interdicción del abuso de derecho.

c) Cumplir las condiciones que se hayan señalado en la resolución que conceda el acceso directo a las fuentes de información y el acceso a la dependencia pública o archivo donde la información esté depositada.

d) Respetar las obligaciones establecidas en la licencia y condiciones de uso de la información obtenida y en la normativa básica para la reutilización. Dichas obligaciones serán explicadas de forma clara por el suministrador de la información.

e) Abonar las tasas que pudieran establecerse para la obtención de copias y la transposición de la información a un formato diferente al original.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-01-01.

Más artículos de Ley 10/2019

En El Vínculo puedes leer Ley 10/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.