Artículo 32.
Artículo 32 del Instrumento de ratificación de 22 de octubre de 1982 del Convenio entre España e Italia en materia de Seguridad Social y el Acuerdo Administrativo para su aplicación, hechos en Madrid el 30 de octubre de 1979. · BOE-A-1983-32829
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-12-01.
Texto consolidado
La Institución competente estará obligada a reembolsar el importe de las prestaciones en especie que hubieran sido satisfechas por su cuenta en virtud de los artículos 29 y 31.
Las modalidades del reembolso se determinarán en el acuerdo administrativo previsto en el artículo 46.