Artículo 314-8. Memoria anual.
Artículo 314-8 de la Ley 17/2017, de 1 de agosto, del Código tributario de Cataluña y de aprobación de los libros primero, segundo y tercero, relativos a la Administración tributaria de la Generalidad. · DOGC-f-2017-90436
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-08-04.
Texto consolidado
1. El Consejo Fiscal de Cataluña debe elaborar una memoria anual de sus actividades y de las conclusiones delas consultas, informes, estudios y dictámenes que ha tramitado.
2. Dentro del primer trimestre de cada año el Pleno del Consejo debe aprobar la memoria anual que eleva al Gobierno y constituye el fundamento del informe que se presenta al Parlamento de Cataluña dentro del primer semestre de cada año.
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