Artículo 31. Devolución.
Artículo 31 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias. · BOE-A-2013-2558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-12-02.
Texto consolidado
El obligado al pago tendrá derecho a la devolución del importe de los precios públicos que hubiera satisfecho cuando, por causas no imputables al mismo, no se hubieran entregado los bienes, prestado las actividades o servicios gravados, o cuando una resolución administrativa o sentencia judicial firmes así lo disponga.