Artículo 31. Cuota íntegra.
Artículo 31 de la Ley 8/2021, de 9 de diciembre, de regulación del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales. · BOE-A-2022-289
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
La cuota íntegra del impuesto en los usos domésticos de agua se determinará mediante la aplicación de los componentes fijo y variable establecidos en el artículo 20 o, en su caso, de los establecidos en el artículo 21 de la presente ley.
En los usos no domésticos, se determinará mediante la aplicación de los componentes fijo y variable establecidos en el artículo 28 de la presente ley.