Artículo 31. Sector empresarial.
Artículo 31 de la Ley 7/2022, de 5 de agosto, de la ciencia, la tecnología y la innovación de las Illes Balears. · BOE-A-2022-15291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-10.
Texto consolidado
1. Debe promoverse la aprobación de incentivos fiscales para las empresas que demuestren tener actividad investigadora o innovadora. Las consejerías competentes en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación propondrán a la consejería competente en materia de hacienda la adopción de incentivos fiscales y los requisitos que deben reunir las empresas para optar a ellos.
2. Debe favorecerse la creación de empresas innovadoras y de base tecnológica y el fomento de la cultura emprendedora, mediante actuaciones a través del sistema educativo, en todos sus niveles.
3. Debe fomentarse la actividad investigadora de estas iniciativas emprendedoras mediante subvenciones en régimen competitivo, y se tiene que promover la colaboración con los agentes del ECTIB, públicos y privados.
4. Debe fomentarse la cultura de la innovación y la transferencia al sector empresarial de las Illes Balears, para favorecer y mejorar la competitividad de la economía balear.