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Ley Vigente

Artículo 31. Las cofradías de pescadores.

Artículo 31 de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears. · BOE-A-2013-12688

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-03.

Texto consolidado

1. Las cofradías de pescadores son corporaciones de derecho público, sin ánimo de lucro, representativas de intereses económicos, que actúan como órganos de consulta y colaboración de las administraciones públicas de las Illes Balears con el objetivo de promover e impulsar los intereses pesqueros.

2. Las cofradías de pescadores disfrutan de personalidad jurídica plena y capacidad de obrar para el cumplimiento de los fines propios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-12-03.

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