Artículo 31. De la revocación de las autorizaciones.
Artículo 31 de la Ley 3/2014, de 11 de julio, de la Generalitat, de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2014-8279
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-18.
Texto consolidado
El incumplimiento de las condiciones establecidas para el ejercicio de las autorizaciones concedidas con arreglo a esta sección dará lugar a la revocación de la autorización, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas que correspondan.