Artículo 31. Obras necesarias para la ejecución del Plan de Ordenación de los Recursos Forestales del Principado de Asturias
Artículo 31 de la Ley 3/2004, de 23 de noviembre, de montes y ordenación forestal. · BOE-A-2005-393
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-03-03.
Texto consolidado
Se declararán de utilidad pública o interés social, a efectos de expropiación forzosa de los terrenos, las obras necesarias para la ejecución del Plan de Ordenación de los Recursos Forestales del Principado de Asturias, incluidas las de plantación, vías de saca y servicios, puntos de agua y embalses.