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Ley Vigente

Artículo 31. Medidas de fomento.

Artículo 31 de la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética. · BOE-A-2019-5579

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-02.

Texto consolidado

1. Las administraciones públicas de las Illes Balears fomentarán el ahorro de emisiones en el proceso constructivo de las edificaciones y el uso de materiales de construcción de bajo impacto ambiental, preferentemente de origen local. En este sentido, se promoverá el cálculo de la huella de carbono en los proyectos de nuevas edificaciones.

2. Asimismo facilitarán e incentivarán la rehabilitación de los edificios existentes y la construcción de nuevos edificios con una calificación energética superior a la que exija la normativa vigente. La consejería competente en materia de cambio climático, en colaboración con las administraciones insulares y locales, elaborará una guía de mejores prácticas.

3. Las administraciones públicas de las Illes Balears fomentarán la obtención de certificaciones de construcción sostenible que evalúen, para la construcción, uso y desmantelamiento de los edificios, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, la eficiencia energética, el ahorro de agua y la reducción de los residuos.

4. Las administraciones públicas establecerán programas de subvenciones, de ayudas y políticas fiscales destinadas a conseguir eficiencia energética en la rehabilitación de viviendas, con especial atención a los colectivos más vulnerables. Asimismo, se podrán establecer estrategias de financiación basadas en mecanismos de recuperación de las inversiones realizadas a partir del ahorro energético.

5. Las administraciones públicas de las Illes Balears fomentarán el uso de materiales de construcción y rehabilitación atendiendo al análisis de su ciclo de vida y su huella de carbono.

6. El Gobierno de las Illes Balears, en el ámbito de sus competencias, modificará los instrumentos fiscales relativos a la vivienda, los residuos y las actividades económicas, entre otros, para incentivar en el sector privado actuaciones de mitigación del cambio climático, de adaptación a este y el fomento de la generación distribuida. Asimismo, el Gobierno de las Illes Balears fomentará y asesorará para que los entes locales también adapten sus instrumentos fiscales en la misma línea.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-02.

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