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Ley Vigente

Artículo 31. Censo de empresarios dedicados a la compraventa de bienes muebles usados que sean contribuyentes del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Artículo 31 de la Ley 1/2015, de 10 de febrero, de medidas tributarias, administrativas y financieras de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2015-2340

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-12.

Texto consolidado

1. A los efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y con independencia de las obligaciones formales y de autoliquidación establecidas, se crea un censo de empresarios dedicados a la compraventa de bienes muebles usados que sean contribuyentes del impuesto.

2. Mediante Orden de la Consejería con competencias en materia de hacienda se establecerá su organización y funcionamiento, el modelo de declaración censal y la regulación de la obligación de los contribuyentes del impuesto de realizar declaraciones de alta, modificación de datos y baja en este censo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-02-12.

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