Artículo 30. Sujeción a las condiciones establecidas.
Artículo 30 del Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre. · BOE-A-2007-13908
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-01.
Texto consolidado
La ejecución de los proyectos deberá ajustarse a las condiciones, prescripciones y plazos que se establezcan en la concesión de los incentivos quedando el beneficiario obligado por la documentación presentada por el mismo en la solicitud y las posteriores modificaciones aceptadas.
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