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Real Decreto Vigente

Artículo 30. Organización de las zonas.

Artículo 30 del Real Decreto 140/2001, de 16 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. · BOE-A-2001-4294

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-03-04.

Texto consolidado

Las zonas en su ámbito territorial se organizan según lo establecido en los artículos siguientes de esta sección, por medio de:

a) La Asamblea Territorial.

b) La Junta de Gobierno.

c) El Decano.

d) El Vicedecano.

e) Los Delegados provinciales.

f) El Secretario.

g) El Tesorero.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-03-04.

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