Artículo 30. Resolución.
Artículo 30 del Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos. · BOE-A-2020-16350
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-18.
Texto consolidado
1. Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, el órgano competente resolverá el procedimiento.
2. De acuerdo con el artículo 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la resolución recaída en el procedimiento se publicará a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
3. La resolución, que será motivada, pone fin a la vía administrativa y será publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo máximo de seis meses contados desde la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. El vencimiento del plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, legitima a los interesados para entender desestimada la solicitud de concesión de la ayuda, conforme a lo establecido en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.