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Orden Vigente

Artículo 30. Programas de estudios.

Artículo 30 de la Orden PCM/6/2021, de 11 de enero, por la que se regulan para la Guardia Civil las normas de la organización y funcionamiento de sus centros docentes de formación y el régimen de su alumnado, y los requisitos generales y las condiciones del ejercicio del profesorado en sus centros docentes. · BOE-A-2021-520

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-14.

Texto consolidado

1. Los programas de estudios de cada curso serán aprobados por el Jefe de la Jefatura de Enseñanza, a propuesta del Director del centro correspondiente.

2. A través de la Jefatura de Estudios se dará publicidad del programa de estudios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-14.

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