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Ley Derogada

Artículo 30. Pautas generales para la emisión de acontecimientos deportivos.

Artículo 30 de la Ley 6/2016, de 15 de julio, del Servicio Público de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico, de Titularidad de la Generalitat. · BOE-A-2016-7691

Atención: Ley 6/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En la emisión de eventos deportivos, la Corporación atenderá preferentemente:

a) La divulgación adecuada del deporte femenino, de base y tradicional valenciano y del deporte adaptado.

b) Las competiciones profesionales, nacionales e internacionales, de relevante aceptación pública, en las que participen equipos, federaciones y deportistas de élite de la Comunitat Valenciana.

c) Las competiciones de ámbito autonómico o nacional, de contrastada aceptación mayoritaria, y los deportes de participación minoritaria y tradicional de la Comunitat Valenciana, en colaboración con las respectivas federaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-07-20.

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